El DNI, la única vía para emitir el voto en la segunda vuelta del 7 de junio

Los peruanos tendrán que presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) para votar en la segunda vuelta de las elecciones generales 2026, que se realizará este domingo 7 de junio. La normativa electoral vigente establece que solo se aceptarán las versiones azul y electrónica del DNI en sus versiones 1.0, 2.0 o 3.0, para garantizar la legalidad del proceso.

¿Por qué solo el DNI?

Según la normativa, la presentación del DNI permite a los miembros de mesa contrastar la información del ciudadano, verificar su registro y, solo después de esa revisión, entregar la cédula de votación. La verificación no es un trámite accesorio, sino un paso fundamental para evitar errores y mantener la transparencia del proceso electoral.

¿Qué pasa si mi DNI está vencido?

Una disposición excepcional permitirá votar con el DNI vencido, igual que en la primera vuelta. Esta medida, comunicada por el Reniec y la ONPE, busca ampliar la participación y evitar que la caducidad del documento sea un impedimento para emitir el sufragio.

¿Qué documentos no sirven para votar?

El certificado de inscripción (C4), que solo prueba que un ciudadano está inscrito en el Registro Único de Personas Naturales, no reemplaza al DNI en el día de la elección. La ley es clara: solo se reconoce el DNI físico o electrónico para la identificación en las mesas de votación.

¿Qué responsabilidades tienen los miembros de mesa?

Los integrantes de las mesas de sufragio tienen la obligación de exigir el DNI a cada elector. Este control busca garantizar que solo participen personas debidamente registradas y prevenir irregularidades o suplantaciones. La revisión cuidadosa de los datos ayuda a mantener la legitimidad del proceso y la confianza en los resultados.

¿Qué otras restricciones hay para estas elecciones?

Desde las 8:00 del sábado 6 de junio y hasta las 8:00 del lunes 8, rige la ley seca, que prohíbe la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en todo el país. Además, está prohibido realizar encuestas desde el 1 de junio y la propaganda electoral debe suspenderse desde las 00:00 del día 6.

Este conjunto de medidas busca garantizar un proceso electoral ordenado y transparente, en un contexto donde la participación ciudadana y la legitimidad del voto son clave para la estabilidad democrática.

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