El Gobierno de España ha aprobado una reforma histórica en la protección de la infancia, al reforzar el derecho de niños y niñas a ser escuchados en todos los procesos judiciales y administrativos que los involucren, sin importar su edad. Esta medida, que forma parte de la modificación de la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), busca garantizar entornos libres de violencia y reconocer a los menores como sujetos de derechos.
Contexto y alcance de la reforma en la protección infantil
Desde su entrada en vigor en 2021, la LOPIVI ha sido un avance en la protección de los derechos de la infancia en España. Sin embargo, la reciente aprobación del anteproyecto por parte del Consejo de Ministros amplía aún más estos derechos, estableciendo que en todos los procesos judiciales y administrativos relacionados con menores, su testimonio deberá ser considerado, sin importar su edad.
La ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, explicó que la reforma busca “garantizar entornos libres de violencia” y corregir una deuda histórica, ya que “España tiene una deuda con la infancia por haber dudado durante años de su palabra y haber criminalizado a las madres protectoras”.
Principales cambios y criterios de la reforma
Justificación del interés superior del menor
Uno de los aspectos centrales de la reforma es que en todos los actos y resoluciones administrativas y judiciales, se deberá justificar expresamente cómo se ha valorado el interés superior del menor y cómo las medidas adoptadas protegen su bienestar físico, emocional y psicológico. Además, se establece que está prohibido considerar que estar con un agresor o presunto agresor sea en el interés del menor. La ministra Rego afirmó que “un maltratador no es un buen padre”.
Requisitos para profesionales que trabajan con menores
La reforma también endurece los requisitos para quienes deseen mantener un empleo en profesiones con contacto habitual con menores. Ahora, será imprescindible no tener condenas relacionadas con delitos contra la infancia o adolescencia, reforzando la protección y seguridad en estos ámbitos.
Prohibición del Síndrome de Alienación Parental
Un avance clave es la prohibición expresa del Síndrome de Alienación Parental (SAP). Aunque anteriormente ya se prohibía su uso, la reforma aclara que ningún informe, público o privado, que utilice este argumento podrá presentarse en procesos judiciales o administrativos. La ministra Rego afirmó que “se acabó la utilización de una herramienta que ha servido para desacreditar y criminalizar a las madres protectoras y a las infancias”.
Implicaciones y retos futuros
El Consejo de Ministros también aprobó el informe sobre la Plan de Erradicación de la Violencia hacia las Infancias 2023-2024, que revela que el 90% de las medidas ya están en marcha. Sin embargo, persisten desafíos como las desigualdades territoriales y la falta de especialización en la judicatura, aspectos que la reforma busca atender fortaleciendo la prevención, el reconocimiento de víctimas y la formación profesional.
Este cambio en la legislación española marca un paso importante en la protección de los derechos de la infancia, poniendo en evidencia la necesidad de escuchar y valorar la voz de los menores en todos los ámbitos. La pregunta que queda en el aire es cómo estas medidas influirán en otros países de la región y qué acciones similares podrían adoptarse para fortalecer la protección infantil en México y América Latina.







